
- El estudio, texto, la imagen o la fotografía que se pretenda utilizar debe quedar incorporado en la propia obra pasando a ser tan solo una pequeña parte. Debe aplicarse un criterio de proporcionalidad: no más material del que sea necesario para ilustrar la cuestión objeto de estudio.
- En el caso de textos, en ningún caso debe reproducirse la totalidad de la obra ajena.
- Hay que incluir explicaciones previas o posteriores que justifiquen la inserción de la obra ajena, intercalando entre los distintos párrafos recopilados, acotaciones del profesor donde se realicen aclaraciones, comentarios, precisiones o juicios críticos.
- Aplicable también a las obras ajenas publicadas en papel y escaneadas para su incorporación a Enseñanza Virtual.
- En el caso de imágenes o fotografías, sólo pueden utilizarse obras aisladas, nunca repertorios o coleciones completas.
- La puesta a disposición on-line de obras como material docente deberá formalizarse con un contrato de cesión de derechos de propiedad intelectual.
- Si una vez publicado el material, se recibiera una petición del autor solicitando su retirada, deberá procederse a su eliminación de manera inmediata.
- Cuando un documento web es de interés para una asignatura en EV, se puede enlazar mediante un hipervínculo. El buen estilo dicta que se acompañe de la cita correspondiente y, en su caso, de los comentarios que sea necesario acompañar al texto.
- Siempre debe indicarse la fuente y el nombre del autor de la obra ajena utilizada. Más información, art. 32 de la Ley de la Propiedad Intelectual

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