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Materiales docentes y Propiedad Intelectual

Obras en dominio público

  El símbolo de Dominio Público se suele representar con una C de Copyright tachada.

 

Dominio Público: lo constituyen todas las obras que no están protegidas por el derecho de autor y que, por lo tanto, pueden ser utilizadas sin permiso o sin tener que pagar al autor original, respetando la integridad de la obra y su autoría (mediante cita).

La legislación de cada país marca plazos diferentes, en España las obras en Dominio Público son:

  • Obras cuyos derechos de explotación han caducado, una vez pasado el plazo de tiempo estipulado en la LPI, art. 26 LPI,:
    • Los derechos de explotación de la obra durarán toda la vida del autor y setenta años después de su muerte o declaración de fallecimiento
    • 80 años en el caso de autores fallecidos antes del 7 de diciembre de 1987
  • Obras cuyos autores renuncien a sus derechos de explotación, por ejemplo a través de una licencia Creative Commons CC0.

Infografía realizada por Rebiun (Red de Bibliotecas Universitarias). 

Una obra derivada es aquella creada mediante la transformación de una obra de otro autor, por ejemplo, una traducción, una versión de una obra musical, un cambio de género literario…

También están protegidas por el derecho de autor, incluso si las obras originales de las cuales se derivan están en el dominio público.

Libros, artículos de diarios, periódicos, revistas y obras audiovisuales, canciones, películas que están aún protegidas por derechos de autor, pero cuyos titulares no pueden ser localizados, +

Vídeo sobre las obras huérfanas

Base de datos Orphan Works de la CE.+

Licencia Creative Commons
2.985.468 visitas     Biblioteca de la Universidad de Sevilla Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional.