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Evita el plagio en tus trabajos académicos

Nociones básicas

 - Das credibilidad a tu trabajo. 

 - Permites que consulten las obras en las que te has basado.

 - Ofreces varios puntos de vista sobre un tema.

 - Llamas la atención sobre una opinión/postura con la que estás o no de acuerdo.

 - Resaltas una frase especialmente llamativa o párrafo citando el original.

 -  Permites reconocer las palabras que no son tuyas.

 - Amplias la profundidad de tu trabajo con otras fuentes.

 - Cuando expresamos o presentamos nuestros trabajos o ideas originales..., aunque estén apoyados en el conocimiento generado por otros.

 - Cuando presentamos una compilación de resultados  o información de una investigación original.

 - Cuando utilizamos información de “conocimiento común".

- Cuando usamos información de obras de dominio público, citándolas.

- Utilizar el trabajo de otros – un texto, una imagen, una idea – sin citarlos.

 - Presentar trabajos o resultados propios de trabajos anteriores como si fueran actuales sin advertirlo (Autoplagio)

 - Los típicos “refritos” de textos de autores ajenos sin reconocimiento de la autoría de los mismos.

 - Usar contenidos de Internet (textos, imágenes, vídeos, música), sin citar al autor o la fuente de la que los extraemos (Ciberplagio).

-  Parafrasear un texto  sin citar a su autor.

- No reconocer el trabajo de colaboradores o coautores.

En esta infogradía puedes ver qué información puedes usar libremente y cual no

Conocimiento común

 Los hechos o ideas que puedes  encontrar fácilmente en enciclopedias, diccionarios, etc. y que son conocidos por muchas personas, por lo que no habría que citarlos.

  La frontera entre lo que se puede considerar o no como "conocimiento común o público", a veces, es difícil de delimitar.

 Ante la duda, incluye la cita o referencia bibliográfica o pregunta a tu profesor

Licencias Creative Commons

Creative Commons no es una alternativa a los derechos de autor, sino que se apoya en esta legislación para fomentar el conocimiento abierto.

El autor decide, por medio de una licencia concreta que utilizar, qué derechos cede y bajo qué condiciones 

Dominio público

Los derechos  de autor tienen un plazo de duración. Cuando transcurre supone su extinción y el paso de las obras al Dominio Público (Biblioteca Nacional)

Imágenes
  • Las imágenes de las que eres autor, incluidas fotografías, si no has cedido los derechos de explotación.
  • Las obras aisladas de carácter plástico o figurativo (no compilaciones de éstas) siempre que no se trate de publicaciones periódicas o páginas web en continua actualización.
  • Las meras fotografías y fotografías que nhayan sido ya divulgadas en publicaciones periódicas o sitios web de actualización periódica.
  • Imágenes publicadas bajo licencias copyleft y recogidas en repositorios "open access" siempre que se realicen dentro de los límites que en cada caso se establezca en la respectiva licencia.
  • Se ha de citar la fuente y la autoría de la imagen. Si se desconoce el autor se indicará “autor desconocido”.
  • Las imágenes puestas a disposición de los alumnos en EV únicamente podrán ser utilizadas para su uso personal.
  • Si en las imágenes aparecen personas fotografiadas, retratadas, caricaturizadas… has de contar con su permiso.

     Más información: La propiedad intelectual de las imágenes (BUS) / Fotografías y derechos de autor (FESABID) / Pautas para la creación y publicación de material audiovisual en las Universidades (CRUE/REBIUN)/ Grabación de clases y seminarios+

Licencia Creative Commons
2.985.468 visitas     Biblioteca de la Universidad de Sevilla Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional.