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Guía de investigación: Arte, Conservación, Restauración

Sexenios: convocatorias, criterios, documentación

        

La Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora fue creada por Orden Ministerial de 28 de diciembre de 1989 para: “fomentar el trabajo investigador de los profesores universitarios y su mejor difusión, tanto nacional como internacional”
La función de la CNEAI es llevar a cabo la evaluación de la actividad investigadora de los profesores universitarios.
Es el órgano de ANECA responsable de la evaluación de la actividad investigadora a efectos del reconocimiento de los correspondientes complementos retributivos, o sexenios, de conformidad con la normativa aplicable.
 
 
 
2023
 
 
2022
Información disponible en ANECA al Día No 52 (octubre 2022):
La convocatoria de sexenios se publicará en el BOE a principios de diciembre
El periodo de presentación de solicitudes será del 16 de enero al 6 de febrero 
Las resoluciones se comunicarán a partir de abril
2021
Plazo de presentación: 17 de enero a 7 de febrero de 2022.  Sede electrónica de ANECA 
2020
2019
Criterios específica por área 2019 (BOE 26 noviembre 2019)
2018
Resolución por la que se publican los criterios específicos por área 2018 (BOE 26 noviembre 2018)
2017
Resolución por la que se publican los Criterios específicos por área 2017 (BOE 1-12-2017)
 
 
Aneca al Día : Boletín Informativo

¡ATENCIÓN! Criterios actualizados 2023.

  1. Deben presentarse cinco aportaciones principales y opcionalmente dos aportaciones sustitutorias. Excepcionalmente el número de aportaciones puede ser inferior en trabajos de relevancia extraordinaria y con un alto impacto científico o social. Las aportaciones presentadas a un sexenio de investigación, no podrán volver a presentarse a un sexenio de transferencia. Se amplía el abanico de las aportaciones a los conjunto de datos y las metodologías, los programas de ordenador o los modelos de aprendizaje automático.
  2. Las aportaciones solo serán valorables si contribuyen al progreso del conocimiento y presentan impacto científico o social, entendido este último como los beneficios evidenciables que aporta el conocimiento más allá del ámbito académico.
  3. En todos los campos se valorarán positivamente los resultados de investigaciones multidisciplinares e interdisciplinares.
  4. La presentación de aportaciones en español o en otras lenguas cooficiales no podrá considerarse un demérito.
  5. Se requerirá el depósito de los resultados de la investigación que se sometan a evaluación en repositorios institucionales, temáticos o generalistas de acceso abierto, incluyendo un identificador persistente. En el caso de las publicaciones académicas, sean en formato artículo, libro o capítulo de libro, las personas solicitantes deberán aportar evidencia de haber depositado una copia de la versión final de la aportación aceptada para publicación en un repositorio de su institución o en un repositorio temático o generalista de acceso abierto. El depósito podrá hacerse en acceso abierto, acceso restringido, embargado o con acceso solo a los metadatos, respetando en todos los casos la gestión de derechos de autoría.
  6. En los casos de coautoría o autoría múltiple autoría, esta información deberá aportarse de acuerdo con la taxonomía CRediT o incluirse en la narrativa de la solicitud tomando como referencia preferentemente esta taxonomía. Deberá declararse el uso de Inteligencia Artificial generativa, siempre que afecte al contenido original de la aportación.
  7. Se tendrá en cuenta la calidad intrínseca del contenido de la aportación. Su indexación en un determinado repertorio bibliográfico o base de datos puede servir como un argumento complementario en la defensa narrativa.
  8. Todas las aportaciones deberán estar publicadas o registradas en los años que se someten a evaluación con la obligatoriedad de presentar el identificador persistente (revistas: forthcoming, online first, in press, etc.).
  9. Cada comité establecerá los baremos de aplicación que ANECA hará públicos en todos los casos antes de la apertura de la convocatoria. En estos baremos se establecerán criterios específicos para los casos de reiterada publicación de trabajos en las mismas revistas o editoriales, o en aquellas pertenecientes o asociadas al mismo organismo en el que la persona solicitante realice su investigación. No serán aportaciones válidas los libros y capítulos de libros autopublicados o financiados por la persona solicitante sin el concurso de procesos de evaluación de los originales a través de los procedimientos comúnmente reconocidos.
¡ATENCIÓN! Información actualizada 2023.
La solicitud de evaluación es voluntaria.
Se solicita la evaluación de un periodo de seis años (que pueden no ser consecutivos).
En los casos en los que la Comisión deniega el tramo de seis años solicitados, sólo tres de ellos se pueden recuperar para presentar en la siguiente solicitud. El número máximo de aportaciones recuperables no se especifica. Queda abierta la posibilidad de presentación de cuatro aportaciones siempre que correspondan a esos años recuperados.
Si la evaluación es negativa en dos o más tramos presentados conjuntamente, el nuevo sexenio se formará únicamente con años propios del último tramo de investigación.
 
Documentación:
  • Impreso de solicitud firmado.
  • Currículo que se genera al cumplimentar la solicitud con las cinco aportaciones que el interesado seleccione para someter a evaluación. Cada aportación debe incluir: los datos para su identificación, un identificador persistente (DOI, Handle, URI...) o el archivo en PDF de la publicación en el caso de que no se encuentre en acceso abierto. Evidencias que permitan identificar el objeto de evaluación en el caso de las aportaciones artísticas o creativas. Cada aportación debe incluir un breve resumen que contenga los objetivos y resultados más sobresalientes de la investigación (se podrán sustituir los resúmenes individualizados por uno solo que se refiera a todas ellas) y acompañar con los indicios de relevancia e impacto de la investigación. Si las aportaciones fueran fruto de una obra colectiva, cada solicitante podrá incorporar la referida investigación en su currículum, haciendo mención expresa en los correspondientes resúmenes del alcance de su contribución personal al trabajo colectivo. Cada solicitante podrá incluir hasta dos aportaciones sustitutorias debidamente referenciadas e identificadas como tales, que puedan reemplazar a otras tantas de las presentadas en primer término y que en el proceso de evaluación se puedan considerar de calidad insuficiente para alcanzar la puntuación mínima requerida.
  • Curriculum vitae (recomendado FECYT) que incluya exclusivamente actividades de investigación, desarrollo e innovación de los años sometidos a evaluación (historial científico completo, participación en proyectos de investigación financiados durante los años del sexenio y al menos tres anteriores, publicaciones durante el periodo correspondiente al sexenio solicitado, estancias en centros extranjeros, comunicaciones y ponencias a congresos por invitación y congresos organizados durante el periodo correspondiente al sexenio solicitado.
  • Hoja de servicios original actualizada con fecha posterior al día de publicación de esta convocatoria.

 Presentación:

  • Desde el 22 de enero al 12 de febrero de 2024

Resolución:

  • El plazo de resolución será de seis meses a partir de la apertura de la convocatoria.

Contacto: Isabel Arroyo Ruiz                    954486498    @ bibba3@us.es

María Dolores López Aceituno         954486497    @ mdaceituno@us.es

 

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